Daño moral, criterios que determinan su resarcimiento
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Resumen
El presente artículo ha sido una revisión de legislación, doctrina y jurisprudencia sobre la responsabilidad contractual y extracontractual por daño moral, cuyo objetivo fue el análisis de los criterios seguidos para la determinación de su existencia y alcance. La metodología empleada fue descriptiva de revisión bibliográfica. Se utilizaron como fuentes principales de información la doctrina más relevante sobre la temática, la normativa del Código Civil paraguayo y algunos fallos de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia del Paraguay de los años 2016 a 202, en materia de responsabilidad contractual y extracontractual en concepto de daño moral. Como principales conclusiones se obtuvieron las siguientes: para la reparación del daño moral debe probarse en todo proceso que el agente provocó a la víctima una aflicción, un menoscabo a sus sentimientos o el quebrantamiento de su equilibrio espiritual, y que esto debe ir unido a los presupuestos básicos para toda reparación de daños que son hecho ilícito o incumplimiento de la obligación, el daño moral, factor de atribución, nexo de causalidad entre el hecho ilícito o el incumplimiento y el daño moral; que la función del resarcimiento por daño moral tiene carácter compensatorio o resarcitorio, no pudiendo ser considerada como sanción; y que su cuantificación está librada al prudente criterio judicial, debiendo el juzgador tomar en consideración las circunstancias de cada caso particular.
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