Análisis del Artículo 91 inciso “d” del Código Electoral Paraguayo
DOI:
https://doi.org/10.70833/rseisa17item336Palabras clave:
Libertad , Sufragio, Igualdad, Elecciones, Constitución NacionalResumen
El Código Electoral de la República del Paraguay, dispone impedimentos legales para que los privados de libertad sin condena puedan acceder al sufragio, con la referida prohibición, se vulneran principios fundamentales de la Constitución Nacional, y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) aprobado y ratificado por el Paraguay. El objetivo de la investigación fue analizar el artículo 91 inc. “d” del código electoral contrastando con el principio universal del derecho al sufragio establecida en la Constitución Paraguaya y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos ratificado por el país. La metodología utilizada para esta investigación fue la revisión documental; el enfoque fue cualitativo, la herramienta de recolección de datos fue la entrevista aplicada en agosto de 2022 a los actores políticos, juez electoral, representante del Ministerio Público, apoderados departamental de los partidos políticos de la Asociación Nacional Republicana y del Partido Liberal Radical Auténtico en la ciudad de Salto del Guairá. Se obtuvo como resultado la incompatibilidad del Art. 91 inc. “d” del Código Electoral del Paraguay con el principio universal del derecho al sufragio establecido en la Constitución de la República del Paraguay. Por lo que se concluye esta investigación sosteniendo la incompatibilidad existente entre el Art. 91 inc. “d” del Código Electoral con el principio universal del derecho al Sufragio dispuesta en la Constitución Nacional del Paraguay y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
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