El Derecho hereditario del conviviente en Paraguay
DOI:
https://doi.org/10.70833/rseisa16item323Palabras clave:
Conviviente, Unión de hecho, Concubinato, Derecho HereditarioResumen
Las uniones de hecho son una realidad consolidada en Paraguay, y a medida que avanzan los años aumenta el número de personas que, por diversos motivos, eligen esta forma de vida para constituir una familia. La unión de hecho o concubinato está legislada por la Ley 1/92, de Reforma parcial del Código Civil, en los artículos 83 al 94. Cabe mencionar que las condiciones son que el hombre y la mujer vivan juntos, pero, sobre todo, que tengan posibilidad de casarse. Sobre esta base, los objetivos del presente trabajo de investigación fueron, en primer lugar, determinar los eventuales derechos hereditarios entre los convivientes, estudiar la regulación sucesoria en general de la unión de hecho y analizar las normativas para las uniones de hecho. Con miras a cumplir estos propósitos se utilizó un enfoque cualitativo no experimental, de alcance descriptivo y técnica de análisis documental. Los principales resultados obtenidos evidencian que se está en presencia de un estado de indefensión para el conviviente, cuando la exigencia de demostrar que existe el vínculo por medio de un juicio distinto al sucesorio podría causarle perjuicios para el libre acceso al acervo hereditario.
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Biblioteca y Archivo Central del Congreso de la Nación. (2018). Conoce tu ley. Concubinato
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